El Gobierno modificó la Ley de Farmacias

El Gobierno Nacional modificó este miércoles la ley que regula la comercialización de distintos tipos de medicamentos en las farmacias. Abarca específicamente los medicamentos sin receta. El Decreto 1024/2024 publicado en el Boletín Oficial, que establece modificaciones a la reglamentación de la Ley N° 17.565.

Los medicamentos sin receta ahora podrán exhibirse en las góndolas de las farmacias. Esto busca brindar mayor libertad de elección a los consumidores al no necesitar de ningún intermediario para elegir el producto.

A diferencia de la legislación anterior, que no contemplaba la exhibición de medicamentos de venta libre en góndolas, la nueva disposición establece que las góndolas deben estar correctamente señalizadas.

La nueva norma mantiene otros dos aspectos de la legislación anterior. Por un lado, los medicamentos deben ofrecerse en caja cerrada, con su respectivo prospecto. Por otro, la venta se limita a personas mayores de 18 años, cuya edad será constatada con el Documento Nacional de Identidad al momento del pago.

Qué pasa con los medicamentos recetados
En cuanto a la venta de medicamentos bajo receta, se mantiene la obligatoriedad de que se realice desde la farmacia y en presencia de un farmacéutico responsable.

Se incorpora la posibilidad de que la venta y entrega al paciente se acuerde por canales electrónicos, mediante traslado seguro al lugar que este disponga.

Un caso particular: antiácidos y analgésicos
La nueva legislación también establece que la comercialización de medicamentos de venta libre en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a antiácidos y analgésicos, pudiendo la Autoridad de Aplicación ampliar este listado. Esto abarca medicamentos como el paracetamol y antiácidos como el Alikal.

Queda la duda de si se podrán comercializar en otros comercios medicamentos como el ibuprofeno o el diclofenac, que son analgésicos pero contienen antiinflamatorios.

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