La Justicia frenó las elecciones de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) que habían sido convocadas para el 7 y 8 de octubre y ordenó retrotraer el proceso electoral hasta la etapa de presentación de listas y avales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, además, reprogramó los comicios para el jueves 17 y viernes 18 de diciembre de 2026 y dispuso una serie de medidas para garantizar el desarrollo del proceso bajo nuevas condiciones de control.

La resolución, firmada este miércoles, fue dictada en la causa iniciada por la Lista Negra contra la UTA. El tribunal consideró que persistieron y se agravaron distintas anomalías pese a las medidas que ya había ordenado el 17 de septiembre para intentar encauzar el proceso.
La Cámara sostuvo que, en las condiciones existentes, las elecciones no podían celebrarse válidamente el 7 y 8 de octubre. Según el fallo, los problemas detectados comprometían las condiciones de igualdad y transparencia de la contienda electoral.
Por ese motivo, el tribunal descartó tanto la continuidad del cronograma original como la anulación completa del proceso. En cambio, dispuso una solución intermedia: retrotraerlo al momento de presentación de listas y avales y rehacer desde allí los actos alcanzados por las irregularidades.
La elección de la UTA pasa al 17 y 18 de diciembre
Uno de los puntos centrales de la resolución es la nueva fecha de votación. La Cámara fijó el acto eleccionario para el 17 y 18 de diciembre de 2026, en los mismos lugares y horarios establecidos en la convocatoria original.

La Junta Electoral Central deberá publicar la nueva fecha dentro de las 24 horas de haber sido notificada y acreditar esa publicación ante el tribunal.
La Cámara aclaró que esta decisión no implica una nueva convocatoria electoral. La convocatoria realizada el 14 de julio continúa vigente en sus elementos esenciales, entre ellos los cargos a cubrir, la integración de los cuerpos orgánicos y los lugares de emisión del voto.
Lo que se modifica es el tramo del procedimiento afectado por las irregularidades detectadas.
La Justicia ordenó volver a la presentación de listas y avales
La decisión implica la reapertura del período inicial de presentación de listas y avales.
De acuerdo con el fallo, las agrupaciones podrán volver a presentarse y deberán atravesar nuevamente las etapas correspondientes a la oficialización de las listas. Al mismo tiempo, la resolución establece pautas específicas para evitar que se repitan situaciones que fueron cuestionadas durante el proceso.

La Cámara dispuso que las listas que se presenten en idénticos términos a aquellas que ya habían sido oficializadas deberán recibir el mismo tratamiento, mientras que los avales ya reunidos conservarán su validez.
La resolución también contempla las situaciones particulares de distintas listas seccionales de la Lista Negra, cuya oficialización había sido objeto de conflicto judicial.
Los padrones, uno de los principales problemas
Uno de los aspectos que más atención recibió en el fallo fue la confección de los padrones.
La Cámara analizó documentación presentada durante el expediente y detectó un registro de 2.870 exclusiones, procesadas entre junio y el 24 de agosto. En esos casos figuraba como causal, de manera genérica, “Cese Laboral (despido, renuncia, etc.)”, sin consignar la fecha concreta de finalización de la relación laboral.

Ese dato resultaba relevante para el tribunal porque la normativa contempla la preservación de la afiliación y del derecho a sufragar durante los seis meses posteriores a la desvinculación laboral.
La Cámara también señaló que las modificaciones posteriores al 24 de agosto no contaban con respaldo documental suficiente en las constancias que tenía a la vista.
El fallo, además, observó inconsistencias en la información vinculada con las altas y bajas y ordenó profundizar el control de esos datos.
Mesas con diferencias importantes en la cantidad de electores
El tribunal también cuestionó la distribución de los electores en las mesas. Según el padrón acompañado al expediente, existían 494 mesas con 61.664 electores, pero 11 de ellas superaban los 600 votantes. Algunas llegaban a 1.067, 1.037 y 1.000 electores.
En el otro extremo, la Cámara advirtió la existencia de mesas con cantidades muy reducidas de electores, incluso una con un solo elector, una situación que podía comprometer el secreto del voto.
Por eso, al reprogramar el proceso, estableció criterios para la distribución de los electores y dispuso que ninguna mesa supere los 600 votantes.
La Lista Negra y las seccionales cuestionadas
La situación de las listas opositoras también formó parte de las consideraciones de la Cámara. El tribunal señaló que persistía la exclusión de una de las agrupaciones que pretendía participar en los comicios en seis seccionales.

La retroacción del proceso permite que esas situaciones vuelvan a ser analizadas dentro de la nueva etapa de presentación y oficialización de listas, bajo las pautas establecidas por la resolución.
La Cámara incluyó expresamente entre las cuestiones alcanzadas por la medida las presentaciones correspondientes a las seccionales de San Luis, Entre Ríos, Neuquén, Santiago del Estero, La Plata y Chaco.
Habrá un veedor judicial
Otro de los puntos centrales de la resolución es la designación de un veedor. La Cámara designó al Dr. Matías Cremonte para controlar el desarrollo del proceso electoral. El tribunal le otorgó facultades para asistir a las reuniones de la Junta Electoral, acceder a la documentación y a los sistemas utilizados, obtener copias y controlar distintas etapas del proceso.

También podrá supervisar cuestiones vinculadas con los padrones, la oficialización de listas, la distribución de mesas, las boletas, el acto electoral y el escrutinio.
La UTA y la Junta Electoral Central deberán facilitar su tarea y abstenerse de cualquier conducta que pueda obstaculizarla.
La Junta Electoral continúa en funciones
La Cámara rechazó el pedido para desplazar a la Junta Electoral Central y designar delegados electorales sustitutos.
Por lo tanto, la Junta Electoral continuará a cargo del proceso, pero deberá desarrollar nuevamente las etapas alcanzadas por la decisión judicial y quedará sometida al control del veedor designado por la Cámara.

Además, el tribunal ordenó que la Junta Electoral entregue el expediente electoral íntegro y dispuso medidas para verificar información vinculada con los padrones.
También habrá una urna para votos observados
La resolución habilitó una urna complementaria de votos observados. La medida contempla determinadas situaciones vinculadas con afiliados cuyo derecho a votar pueda encontrarse controvertido, entre ellas afiliados pasivos y personas respecto de cuya situación existan cuestionamientos que deban ser verificados.
El tribunal estableció que esos votos deberán ser tratados conforme a las pautas fijadas en la resolución.

A su vez, ordenó el libramiento de oficios al Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para obtener información que permita verificar cuestiones relacionadas con el estado vital de personas incluidas en los planteos y con las fechas de finalización de relaciones laborales.
Por qué la Justicia decidió retrotraer el proceso
En los fundamentos, la Cámara explicó que previamente había intentado soluciones de menor intensidad para corregir las irregularidades sin alterar el cronograma electoral. Sin embargo, concluyó que las anomalías persistieron y se agravaron.
Entre los problemas mencionados por el tribunal aparecen, entre otros, cuestiones vinculadas con los padrones, la distribución de mesas, el uso de lugares de votación diferentes de los previstos, la implementación de boletas aprobadas mediante un acto que consignaba una fecha electoral distinta de la convocatoria y la exclusión de una agrupación en seis seccionales.

Para la Cámara, celebrar las elecciones el 7 y 8 de octubre en esas condiciones podía comprometer la validez de todo lo actuado.
Por eso, sostuvo que la solución era retrotraer el procedimiento hasta la presentación de listas y avales, sin cancelar el proceso electoral ni sustituir a los órganos estatutarios de la organización sindical.
Ahora, la elección de la UTA entra en una nueva etapa: deberá rehacerse parte del proceso, con nuevos controles sobre las listas y los padrones, bajo la supervisión de un veedor judicial y con los comicios fijados para el 17 y 18 de diciembre.
